El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha por la que se condenó a un médico de urgencia del Hospital Virgen de Altagracia de Manzanares (CIudad Real), que no atendió a una enfermo de 23 años frente a la puerta del hospital que acabó falleciendo de una parada cardíaca.
La sentencia condena al facultativo a seis meses de inhabilitación y a indemnizar con 100.000 euros a la familia del enfermo, además de pagar otros 2.080 euros de multa por un delito de omisión de socorro.
En la resolución dada a conocer este martes el alto tribunal confirma el fallo de la sentencia, que era la segunda que se dictaba sobre este caso porque, si bien en abirl de 2013 un tribunal del jurado absolvió al médico, el TSJ de Castilla La Mancha ordenó repetir el juicio en atención a la petición de la Fiscalía y de la acusación particular. En este segunda ocasión fue condenado..
Los hechos ocurrieron sobre la 01:00 horas del día 12 de febrero de 2006 cuando el joven se sintió mal y se desplazó desde su casa en su vehículo, conduciendo él , hasta el hospital, acompañado de su pareja que se encontraba en avanzado estado de gestación. Al llegar al centro sanitario, sufrió un desvanecimiento, lo que le provocó que tuviera un accidente de tráfico al chocar con un vehículo que estaba estacionado frente al hospital y quear insconsciente.
Durante el juicio, tanto la Guardia Civil como la Policía Local declararon que habían ofrecido al médico, que estaba de guardia, trasladarle es sus vehículos hasta el lugar del accidente para atender al joven, y que éste se negó-tanto a la atención como el traslado-alegando que no podria abandonar el recinto para atender a nadie, pese que desde el propio 112 le sugirieron la conveniencia de salir del hospital para la valoración del paciente.
Tuvo que acudir una UVI móvil
Finalmente, una UVI móvil se trasladó a las 2:31 horas hasta la calle que está enfrente de la puerta principal, donde el médico de dicha unidad atendió al paciente, que falleció sobre las 3.00 hora en parada cardíaca.
En su resolución, el Supremo rechaza los argumentos del médico que alegó en su recurso que no podia salir del hospital al estar de guardia, que tenía entre 15 y 18 pacientes en observacióon y que él no denegó la asistencia al paciente porque llamó al 112. También afirmó que cuando le avisaron, la victima ya había fallecido y que, por tanto, no cabría indemnización por daños morales al no haber una relación de causalidad entre la asistencia omitida y el fallecimiento del paciente.
Sobre este extremo, la sentencia señala que " persiste la duda sobre si hubiera sido eficaz la asistencia sanitaria omitida", lo que determina la adecuación de una indemnización.
La sentencia destaca igualmente que ante una persona desamparada y en peligro manifiesto, situación que fué notificada por lo agentes de la Guardia Civil, el médico que atendia el servicio de urgencias se negó a salir del hospital sin que existiera riesgos propios o de tercero, pues meramente indicó que no podía salir del hospital, en alusión a su deber administrativo de permanecer en las dependencias del servicio de guardia.
El médico también baso su recurso en que no estabe obligado a prestar la asistencia requerida fuera del hospital, deacuerdo con el decreto que regula las funciones de los médicos de guardia.
En este sentido, la sentencia indica que la obligación de prestar asistencia sanitaria a todos los pacientes que acudan al servicio de urgencias del hospital, con los medios disponibles a su alcalce, colaborando con el resto de los servicios hospitalarios en la atención de la urgencia, " no permiten excluir a quien se encuentra a pie del hospital, frente a la puerta principal".
En este caso la víctima, según la sentencia, se encontraba en la calzada, a pie del hospital, en la puerta principal y aunque es cierto que la puerta estaba cerrada, el servicio de urgencia contaba con celadores que podían trasladarlo y con un médico adjunto que podía supervisar el traslado o bien permanecer en las urgencias, mientras que el condenado antendía el traslado.