El Reglamento del sector ferroviario contempla indeimnizaciones para retrasos superiores a una hora que van de 50% dle precio del billete en estos casos y del 100% si estos superan los 90 minutos de demora.
En la mañana del jueves, algunos de los servicios terroviarios de la comunidad sufrieron demoras de varias horas por el robo de cable de fibra óptica que hizo caer el sistema de comunicaciones.
Por ello, se recuerda a todos los afectados que Renfe tiene que compensar a los afectados por la paralización de trenes de alta velocidad en Cataluña por los retrasos sufridos.
En el caso de los retrasos superiores a una hora, la compañía debe indemnizar a los viajeros con el 50% del precio del billete, importe que asciende a 100% si las demoras superan los 90 minutos.
En la mañana del jueves, algunos de los servicios ferroviarios de la comunidad sufireron de la comunidad sufrieron demoras de varias horas por el robo de cable de fibra óptica que hizo caer el sistema de comunicaciones Miles de usuarios se vieron afectados.
Facua Catalunya considera que los retrasos sufridos por los pasajeros en la mañana de ayer no pueden considerarse causa de fuerza mayor por ser un riesgo inherente al servicio de transporte ferroviaria. En este caso los afectados tienen derecho a las indeminizaciones establecidas en el Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario por retraso.
El Real Decreto 2387/2004, 30 de diciembre,por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario señala que " la empresa ferroviaria está obligada a indemnizar a viajero en caso de retraso en la llegada al destino por tiempo superior a una hora, el viajero tendrá derecho a una indemnización pecunaria será equivalente al total de dicho precio.
Cualquier viajero podrá reclamar por vía judicial o arbitral los daños y perjuicios que la cancelación del viaje o el retraso en su llegada al destino previsto le ocasione.
El Reglamento establece que " en caso de cancelación del viaje, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio". Si la cancelación se produce en las cuatro horas previas a la hora prevista, el viajero tendrá derecho, además, a una indemnización del doble del importe del título del viaje.
Se informa, que además, en caso de que la interrupción del viaje supere los setenta minutos, la empresa ferroviaria está olbigada a sufragar lso gastos de manutención y hospedaje del viajero durante el tiempo que dure la interrupción.
Renfe no puede eximirse de responsabilidad alegando que se trata de una caso de fuerza mayor y le recuerda, que en este supuesto, los viajeros seguirían teniendo derechos a compensaciones auna hora, tal y como establece el Reglamento (CE) No 1371/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril.