Facua Málaga consiste que Santander Seguros abone a una asociada 123.166 euros por dos pólizas suscritas pese a que la compañía denegaba la cobertura al solicitar n documento innecesario.
Una socia de Málaga, tenía contratado con Santander Seguros dos pólizas de protección de pagos; una vinculada a un préstamo hipotecario y la otra a un préstamo personal. Ambos seguros cubrían, entre otras cuestiones, la invalidez absoluta y permanente.
Tiempo más tarde a la asociada se le declara una incapacidad permanente por lo que solicita a la compañía la cobertura de los seguros contratados. Santander seguros respondió solicitando un informe médico donde figure la fecha del diagnóstico inicial de la causa de la invalidez y copia del reconocimiento médico realizado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
Ante los inconvenientes para recibir el importe del seguro, la asociada se dirigió a Facua Málaga para que tramitaran una reclamación en su nombre ante la imposibilidad de remitir el reconocimiento realizado por el EVI, pues lo que se entrega al usuario es el Dictamen de Evaluación emitido or el citado Equipo. La copia de esta documento ya se había entregado con anterioridad al santander Seguros, pero la compañía seguía solicitando el otro informe pese a la imposibilidad por parte del asociado de disponer del mismo.
Como consecuencia de ello, Facua Málaga formuló reclamación a la compañía de seguros aportando Informe del médico que diagnosticó a su socia la enfermedad causa de la invalidez y , pese a ello, la compañía insiste en solicitar reiteradamente la misma documentación, no pudiendo aportarse el reconocimiento médico realizado por el EVI al no disponer la aseguradora del mismo, puesto que, lo que se entrega al usuario es el Dictamen de Evaluación emitido por el Equipo de Valoración de Incapacidades cuya copia ya había sido facilitada a la compañía de seguros.
Pese a las reiteradas reclamaciones por pare de Facua Málaga ante la imposibilidad de remitir una documentación a la cual la afectada no tiene acceso, la aseguradora deniega las pólizas hasta no recibir dicho informe.
Ante la actitud de la compañía, Facua Málaga se dirigió a la Dirección General de Seguros, pues la aseguradora exigía para poder percibir las pólizas que el asociado entregase una documentación que no era razonablemente necesaria para determinar la existencia del siniestro, contraviniendo así lo dispuesto en la Ley de Competencia Desleal.
Una vez la dirección General de Seguros traslada a la compañía la reclamación formulada por Facua Málaga, ésta acepta abonar las pólizas contratadas por un importe total de 126.166,26 euros.