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Endesa multó ilegalmente a una socia de FACUA con 524 euros por no instalar el limitador de potencia

Una socia de Facua, no recibió la dos notificaciones que exige la ley para informarle d eque debía tener interruptores de control de potencia en su primera y segunda vivienda.

Tras la intervención de Facua-Consumidores en Acción, su socia ha conseguido que Endesa le devuelva 524,16 euros tras haberle estado cargando durante más de dos años continuas penalizaciones en las facturas mensuales por no tener instalado el interruptor de control de potencia (IPC) en su primera y segunda viviendas.

La usuaria, residente en Sevilla, desconocía que tenía que instalar el limitador de potencia porque Endesa incumplió la obligación legal de enviarle dos notificiaciones para advertirle de esta obligación. La cliente no reparó en que le estaban penalizando hasta que recibió una factura que le resultó extrañamente alta.

" Yo es que no me había enterado de nada; ni siquiera sabía qué era eso del IPC y menos aún que estaba pagando dinero de más  en cada factura por no haber instalado ese aparato en los cuadros de la luz" , recuerda la usuaria, que desconocía por completo que todas las instalaciones elécticas deben contar por ley con un limitador de potencia.

"En octubre del año pasado me llamó mucho la atención que me viniera un recibo de la luz de más de 300 euros y fue por eso que me di cuenta de que ahí había algo raro que yo no sabía identificar.Fue entonces cuando acudí a Facua, para que me explicaran por qué me estaban aplicando una penalización de 80 euros", explica la usuaria.

La normativa vigente establece un recargo en cada factura de la electricidad si pasado veinte días desde la segunda notificación el usuario no instala el IPC. Una penalización criticada por FACUA  desde su puesta en marcha porque los nuevos contadores digitales ya incorporan el limitador de potencia y las eléctricas han incumplido los plazos legales establecidos para instalarlos. De hecho, la asociación denunció por ello a las principales distribuidoras en enero de 2011 y el Gobierno decidió no multarlas.

No hubo segunda notificación

La Orden ITC/1559, de 11 de junio, en su disposición adicional segunda, establece que " transcurridos veinte días naturales desde la notificación sin respuesta del titular del contrato o su  representante s procederá a realizar la segunda notficación por cualquier medio qu permita tener constancia de la recepción por le interesado, debiéndose conservar la acreditación de la notificación efectuada".

Cuando FACUA solicitó a Endesa que facilitara las acreditaciones que dieran constancia de los envíos de todos esos requerimientos mediante carta certificada, su departamento de reclamaciones de Andalucía y Extremadura indicó que la clientea sólo había recibido uno de los avisos que por ley se le debía hace remitido.

Finalmente, la distribuidora ha ordenado la anulación inmediata de todos los recargos cobrados hasta ese momento, la regularización de las facturas afectadas y la devolución de un total de 524,16 euros, cantidad que ha sido reintegrada en la cuenta bancaria de la usuaria. Asimismo, Endesa ya ha instalado nuevos contadores digitales en las viviendas de la usuaria.

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