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Competencia multa con 171 millones a veintiuna empresas del sector de la automoción

El cártel, que representa el 91% de la distribución de automóviles en España, intercambiaba información sobre sus estrategias de venta con objeto de limitar los descuentos aplicados a compradores.

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha impuesto la mayor multa de su historia al sancionar con un total de 171 millones de euros a veintiuna empresas fabricantes, distribuidoras, comercializadoras y prestadoras de servicios de posventa en todo el territorio español, así como a dos empresas consultoras, por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de Competencia.

Fabricantes y distribuidoras intercambiaban información que reducía la competencia y limitaba los descuentosque recibiían los compradores de vehículos.

Competencia considera que con los datos que se cruzaban, las empresas reducían la incertidumbre sobre las estrategias que iba a seguir la competencia, lo que les permitía evitar aplicar estrategias agresivas o reducir los descuentos para captar compradores.

La CNMC considera que las  prácticas de estas empresas son propias de un cártel y da por probada la infracción "única y continuada" consistente en el " intercambio sistemático de información confidencial comercialmente sensible, tanto actual como futura y altamente desagredada, que cubría la práctica totalidad de las actividades realizadas".

La cuota de mercado conjunta de las marcas participantes en las conductas analizadas en este expediente sancionador alcanza en torno al 91% de la distribución de automóviles en España, incluyendo la casi totalidad de marcas denominadas generalistas y algunas de las denominadas premium.

Los intercambios de información se estructuraron en tres ámbitos o foros de intercambio, si bien todo ello formaba parte de un acuerdo complejo que desarrolló, dependiendo de las empresas, desde febrero 2006 hasta agosto de 2013.

Competencia assegura que ha quedado acreditado que las empresas desarrollaron dichos intercambios de información "con manifiesta ocultación y secretismo", valiéndose de específicos mecanismos que facilitaban dicho intercambio de información, meidante la participación a tal efeto de dos consultoras, Urban Sciencia y Snpa-On Bussines Solutions.

La organización explica que el intercambio de información estructuraba en el ámbito de la gestión empresarial, con datos relativos a la distribución y la venta de vehículos en España por las marcas participantes en el llamado "club de marcas". También se compartió información sobre servicios l yactividades de postventa, para lo que se creó un programa de colaboración a partir de 2010 de la consultora Urban Science y se convocaron varios foros.

Igualmente, algunas de las marcas envueltas en el expendiete también intercambiaron información confidencial en el campo del marketing, con reuniones denominadas " Jornadas de Constructores", en las que partiparon responsables de marketing postventa.

Exime a Seat, Wolkswaguen Audi y Proche por aportar pruebas

Competencia apunta que en las inspecciones realizadas en las sedes de las empresas a finales de julio de 2013 y junto con la documentación facilitaba por Seat " en su solicitud de exención de pago de multa" se comprueba que estas ocasiones efectos perniciosos sobre la competencia efectiva en el mercado.

La CNMC ha decidido eximir de la multa de Seat, Wolkswagen Audi España yPorche Ibérica por su condición de solicitantes de clemencia. " Esto se debe a que aportaron elementos de pruebas suficientes para ordenar las inspecciones realizadas, así como posteriormente durante la instrucción de este expendiente, que ha nposibilitado ala CNMC la detección  y acreditación de este cártel", añadió, al tiempo que señaló que éstas han quedado eximidas de una multa de 39,,44 millones de euros.

Además consideran que el papel de Urban Science y de Snap-On " es determinante", ya que actuaron como facilitadores activos del cártel y como instrumentos fundamentales en el intercambio de información y en el mantenimiento en el tiempo de dicha  conducta.

Competencia procede al archivo de las actuaciones contra Peugeot Citroën Automóviles España, Renault España y Orio Spain " por no haber quedado acreditada la comisión de infracción " y recuerda que no existe recurso alguna en vía administrativa contra estas resoluciones.

Para el cálculo de las multas, la CNMC señala que " conforme a la Ley de Defensa de la Competecia y la reciente Sentencia de Tribunal Supremo de 29 de enero de 2015, ha aplicado unos tipos sancionadores que oscilan entre el0,10% y el 2% del volumen del negocio total de 2014.".

Cualquier persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en estas resoluciones puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante  los tribunales civiles

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