Actualidad Noticias

Una Jueza anula a una cliente de Jaén 11.700 euros de deuda por un tratamiento inacabado en Dental Line
Una Jueza anula a una cliente de Jaén 11.700 euros de deuda por un tratamiento inacabado en Dental Line

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Linares(Jaén) ha anulado el contrato que mantenía una socia de Facua Jaén para financiar la colocación de dos prótesis dentales en Dental Line, un tratamiento que nunca llagaron a terminarle ya que las clínicas quebraron y echaron el cierre. El fondo de inversión TTI Finance compró la deuda financiera y acudió a los tribunales para reclamar 11.677 euros a la usuaria, tras lo que la jueza ha desestimado las pretensiones de la empresa y la ha condenado a pagar las costas del procedimiento judicial.

La sentencia establece que "no procede estimar la demanda al entender que no se cumplió con las obligaciones del contrato principal al que está vinculado el préstamo aquí reclamado, ya que tratándose de un tratamiento bucal de carácter sucesivo hubiera sido necesario dicha prótesis y las posteriores visitas para su adaptación, circustancias ésta que no se ha acreditado". La jueza recuerda en su auto que existe una " vinculación" entre el contrato para la prestación del tratamiento ondontológico y el de la financiación del mismo.

Asimismo, considera que la usuaria cumplió con los requisitos para que dejara de reclamársele el dinero, ya que" se dirigió contra la entidad que debía prestar los servicios" ya que" efectivamente estos no se cumplieron debidamente".

Desde 2009

En febrero de 2009. la cliente acudió a la clínica Dental Line de Linares para que le realizaran un tratamiento odontológico consistente en la implantación de dos prótesis dentales, una inferior y otra superior. Para hacer frente al coste del proceso, allí mismo firmó un contrato con Facciona-una financiera que acabó siendo adquirida por Evo Banco-,que posteriormente vendió la deuda a TTI Finance.

El centro le estuvo realizando el tratamiento hasta octubre del mismo año, momento en el que la cadena de clínicas odontológicas entró en quiebra y posterior concurso de acreedores, dejando la multitud de pacientes con tratamientos sin terminar y créditos de financiación que seguían pagando, como en el caso de la cliente.

La usuaria, tras serle interrumpido el tratamiento a causa de la quiebra, procedió a interponer una reclamación por medio de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, que finalmente le comunicó que había sido imposible contactar con la empresa por haber cerrado. La cliente decidió entonces dejar de pagar el crédito de financiación al entender que al no terminarle el tratamiento, de que sólo le habían realizado la prótesis superior, el contrato quedaba finalizado.

En 2015, cuando la usuaria ya daba el tema por terminado, TTI Finance se dirigió a ella por escrito para informarle de que habían comprado su contrato de financiación con Fracciona y reclamarle el pago del contrato de financiación más los intereses acumulados, una deuda que según la entidad rondaba los 12.000 euros. La cliente se puso en contacto con la empresa indicándole las circunstancias en las que había dejado de pagar el crédito y que el tratamiento se le había interrumpido al quebrar las clínicas Dental Line.

TTI Finance, sin embargo, se limitó a pedirle que le remitiera toda la documentación que tuviera sobre el asunto, algo que la usuaria hizo en junio de 2015, y siguió reclamándole el pago de la deuda por medio de constantes llamadas telefónicas tanto a ella como a su familia. La usuaria decidió acudir a FACUA Jaén para que le ayudara en la tramitación de una reclamación contra FFI Finance para que dejara de pedirle una deuda que no procedía.

El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la financiera solicitando la cancelación del importe que le reclamaba a la asociada, ya que al serle interrumpirlo el proceso la ley dispone que sea cancelado el contrato de credito.

Además, solicitó una prueba pericial sobre el estado efectivo del tratamiento dental al Colegio Oficial de Dentistas de Jaén, que confirmó que lo único que se le había realizado a la cliente era la prótesis superior, cuando también debían haberle colocado una inferior.

Ley de Crédito al Consumo

Así, la ley establece que " la eficacia de los contratos de consumo cuyo objeto sea la adquisición por parte de un consumidor de bienes o servicios, en los que el consumidor se financie total o parcialmente mediante un contrato de crédito, quedará condicionada a la efectiva obtención de ese crédito".

Así lo establece el artículo 26 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito de consumo. En el momento en que se celebró el contrato, la norma que estaba vigente era la Ley 7/1995, de 23 de marzo, que imponía la misma condición.

TTI Finance, sin embargo, se negó a atender la reclamación de Facua Jaén y llegó a acudir a vía judicial para conseguir el pago de 11.677, ante lo que la jueza ha desestimado sus pretensiones y la ha condenado en costas.

Facua anima a los usuarios que hayan resultado afectados por los cierres de las distintas clínicas odontológicas(iDental, Dental Line...) a que reclamen por los perjuicios causados. En este sentido, recuerda que, tras la interrupción del servicio, tienen derecho a que se anule la financiación de sus tratamientos si fueron contratados exclusivamente para ese fin y, según los casos, a recuperar la totalidad o una parte del dinero abonado. Además, también pueden solicitar que les entreguen sus historiales médicos.

 

 

Level AA conformance,
		            W3C WAI Web Content Accessibility Guidelines 2.0
© 2024 - Sernutec - Servicios y Nuevas Tecnologías