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Endesa paga 2.800 euros a una socia de FACUA Sevilla: una subida de tensión le averió más de 10 aparatos
Endesa paga 2.800 euros a una socia de FACUA Sevilla: una subida de tensión le averió más de 10 aparatos

Tras la reclamación de FACUA Sevilla, Endesa ha tenido que indemnizar con 2.839 euros a una usuaria después de que se le estropearan más de una decena de aparatos eléctricos de su domicilio debido a una subida de tensión.

Tras meses dando largas, la elécrica le ofreció poco más de la mitad del valor de los equipos estimado en un peritaje que se realizó a instancias de la propia compañía. Ante esto, la asociación solicitó un arbitraje en el que se ha elevado la indemnización a casi el 90% de la cantidad reclamada.

En noviembre de 2015, el domicilio de T.M.B., en la localidad sevillana de Sanlúcar la Mayor, sufrió una subida de la tensión eléctrica que estropeo más de una decena de aparato que tenía conectados en ese momento a la red.

Resultaron afectados cinco equipos de aire acondicionado, dos televisores, un frigorífico, una minicadena, un ordenador y varios caradores y alimentadores de electricidad. No era, además, la primera ocasión en que su vivienda sufría subidas de tensión. Tras ponerlo en conocimiento de Endesa, la compañía envió a un técnico de la empresa Reparalia que valoró los daños en 3.210 euros.

A pesar de los diversos intentos de la usuaria para que Endesa le indemnizara con dicha cantidad, la eléctrica estuvo enviándole comunicados durante varios meses informándole únicamente de que se encontraban tramitando la incidencia, pero sin aportarle ninguna solución. Finalmente, en marzo de 2016, la usuaria decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.

FACUA Sevilla reclamó por daños y perjuicios

FACUA Sevilla reclamó a Endesa que indeminzara su socia con los 3.210 euros que el perito había valorado los daños. En su escrito, el equipo jurídico de la asociación señaló que había existido un incumplimiento Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En su artículo 104, se establece que "los límites máximos de variación de la tenión de alimentación a los consumidores finales serán de +-7%", límites que habían sido superdos en este caso.

Además, el artículo 105 de la misma normativa recoge que "el consumidor afectado por el incumplimiento de la calidad del servicio ocasional, podrá reclamar, en vía civil, la indemnización y perjuicios que dicho incumplimiento le haya causado".

La Junta Arbitral de Consumo resolvió parcialmente la reclamación

Tras presentar FACUA Sevilla la reclamación, Endesa envió a otro perito, esta vez de la propia compañía, para que valorara nuevamente los daños causados por la subida de tensión. La empresa concluyó en ese segundo informe que "el importe a indemnizar es de 1.792,60 euros. Endesa paga a Valor Real y en las sustituciones aplica depreciación por la antigüedad y vida útil consumida".

Ante la negativa de Endesa a pagar el importe total de los daños valorados en el primer peritaje y al considerar abusivos los porcentajes de depreciación (del 60 y el 70 %) del valor de los aparatos afectados, la asociación decidió acudir a la Junta Arbitral de Consumo de la Junta de Andalucía para que resolviera el asunto.

El laudo arbitral pone de manifiesto que "la parte reclamante ha actuado diligentemente en la gestión de su tramitación, actuando de buena fe. Ha tenido que realizar un largo proceso de reclamación, pues ante las negativas reiteradas de la empresa, ha sido insistente en la defensa de sus derechos como consumidor".

La Junta Arbitral ha estimado parcialmente la reclamación de la socia de FACUA Sevilla: "en base a la docuementación aportada por la parte reclamante y el informe de valoración portado por la parte reclamada, este órgano arbitral entiende que el importe justificado entre ambas partes ascendería a 2.839,95 euros". Endesa ha abonado finalmente esta canitidad a la usuaria.

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