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Consejos a seguir sobre las revisiones obligatorias del gas

Dichas inspecciones deben realizarse cada cinco años y son notificadas por las destribuidoras directamente. Se recomienda consultar con estas empresas la fecha correspondiente y los inspectores oficiales autorizados.

Ante las numerosas consultas de usuarios que  están recibiendo cartas en las que se les advierte de que deben realizar una inspección a sus instalaciones de gas natural de parte de empresas que no son las distribuidoras del combustible. Se aconseja a los usuarios que deben desconfiar de dichas cartas, dado que es la propia distribuidora la que tiene la obligación de avisar a sus clientes de la fecha de la siguiente revisión.

Las inspecciones de instalaciones de gas se deben realizar de manera obligatoria, de acuerdo a la ley, cada cinco años y que, en cualquier caso, " el titular o el usuario, según el caso, tendrá la facultad de elegir libremente la empresa encargada de realizar las adecuaciones que se deriven del proceso de control periódico" (Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias).

Se aconseja a quiene reciban uno de estas cartas que se pongan direcmente en contacto con su compañía distribuidora para verificar la fecha de la próxima revisión y para solicitar información, si realmente les corresponde una revisión de sus instalaciones, sobre las empresas autorizadas legalmente para llevarlas a cabo.

También se recomienda a los usuarios que no les faciliten datos personales de ningún tipo a los supuestos agentes que visitan los domicilios para revisar la instalación antes de haber confirmado que se trata de la inspección correcta y según la fecha notificada por la distribuidora. Asimismo, recuerda que los costes derivados de la inspección son determinados por las diferentes comunidades autónomas y que el pago de dicho importe se hace a través de la factura periódoca, no en efectivo ni en ningún tipo de contrato adicional.

Por último, se aconseja a los usuarios que, tras la revisión periódica, se queden con una copia del certificado oficial que el agente está obligado a emitir. De esta manera, podrá prever la siguiente inspección ( a partir de la fecha reflejada en el certificado) y tendrá constancia de los trabajos realizados.

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